Título TÍTULO IV

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 3 may 1995
La presente Ley entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
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eli/es-md/l/1995/04/21/12#disposicion-final-segunda

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