Título TÍTULO II

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 29 dic 1984
La cuantía de los tipos de gravamen establecidos por esta Ley podrá ser modificada por la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma.
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eli/es-mc/l/1984/12/27/12#disposicion-adicional-tercera

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