Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª Órganos de recurso especial en el ámbito local
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 17 may 2023
Se faculta al titular del departamento competente en materia de contratación pública a dictar las oportunas instrucciones sobre criterios interpretativos de la aplicación de la normativa vigente en materia de contratación pública, que serán de obligado cumplimiento en los términos previstos en la legislación aragonesa de régimen jurídico del sector público.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2023/03/30/11#disposicion-final-tercera