Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final primera
En vigor desde 29 ene 2020
La presente ley es de aplicación a todas las sociedades cooperativas con domicilio social en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco que, de conformidad con lo previsto en el artículo 2 A) de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, desarrollen con carácter principal su actividad cooperativizada en dicho territorio.
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Proeli/es-pv/l/2019/12/20/11#disposicion-final-primera