Título TÍTULO VIII

Art. Disposición transitoria octava

En vigor desde 27 jun 2019
Los procedimientos sancionadores y los de restablecimiento de la legalidad urbanística, se tramitarán y resolverán con arreglo a la normativa en vigor en el momento de su iniciación, salvo cuando la presente ley resulte más favorable a la persona afectada, en cuyo caso, se resolverá conforme a lo establecido en ella.
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eli/es-ex/l/2018/12/21/11#disposicion-transitoria-octava

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