Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO 3›Secc. Sección 1.ª Disposiciones generales
Art. 44
En vigor desde 25 may 2020
1. El instrumento de planeamiento general tiene como objeto establecer la ordenación estructural y, en su caso, la ordenación detallada, conforme a su regulación. El instrumento de planeamiento general es el Plan General Municipal.
2. Los instrumentos complementarios del planeamiento general, cuyo objeto es establecer o modificar determinaciones de ordenación estructural y detallada, conforme a su objeto son:
a) Planes Especiales.
b) Catálogos.
3. Los instrumentos de desarrollo del planeamiento general cuyo objeto es establecer o modificar determinaciones de ordenación detallada, conforme a su objeto son:
a) Planes Parciales.
b) Estudios de Detalle.
4. Contribuyen a la ordenación urbanística y, en su caso, la complementan, los siguientes instrumentos:
a) Ordenanzas Municipales de Edificación y Urbanización.
b) Normas Técnicas de Planeamiento.
Se modifica el apartado 3 y se añade el apartado 4 por el .3 del Decreto-ley 10/2020, de 22 de mayo. Ref. BOE-A-2020-7441#a1
Tus anotaciones
Proeli/es-ex/l/2018/12/21/11#art-44