Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO 3›Secc. Sección 1.ª Disposiciones generales
Art. 44
44 / 240En vigor desde 25 may 2020
1. El instrumento de planeamiento general tiene como objeto establecer la ordenación estructural y, en su caso, la ordenación detallada, conforme a su regulación. El instrumento de planeamiento general es el Plan General Municipal.
2. Los instrumentos complementarios del planeamiento general, cuyo objeto es establecer o modificar determinaciones de ordenación estructural y detallada, conforme a su objeto son:
a) Planes Especiales.
b) Catálogos.
3. Los instrumentos de desarrollo del planeamiento general cuyo objeto es establecer o modificar determinaciones de ordenación detallada, conforme a su objeto son:
a) Planes Parciales.
b) Estudios de Detalle.
4. Contribuyen a la ordenación urbanística y, en su caso, la complementan, los siguientes instrumentos:
a) Ordenanzas Municipales de Edificación y Urbanización.
b) Normas Técnicas de Planeamiento.
Se modifica el apartado 3 y se añade el apartado 4 por el .3 del Decreto-ley 10/2020, de 22 de mayo. Ref. BOE-A-2020-7441#a1
Tus anotaciones
Proeli/es-ex/l/2018/12/21/11#art-44