Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 25

En vigor desde 1 dic 2016
La agencia rendirá a la ciudadanía cuentas de su gestión en el ámbito de la prevención, investigación y evaluación de políticas y prácticas relativas al fraude y la corrupción existente en las administraciones públicas valencianas y su sector público instrumental. A tal efecto, se servirá de cuantos medios puedan ser suficientes para que la ciudadanía pueda estar informada debidamente. Proporcionará los resultados de su acción a los medios de comunicación, y también organizará encuentros con la sociedad civil para participarles directamente los resultados de su actividad y las actuaciones llevadas a término, señalando las dificultades o reticencias encontradas.
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eli/es-vc/l/2016/11/28/11#art-25

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