Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 27
En vigor desde 18 oct 2014
Las administraciones públicas de Cataluña deben garantizar a las personas LGBTI que sufren o se encuentran en riesgo de sufrir cualquier tipo de violencia o discriminación el derecho a recibir de forma inmediata una protección integral, real y efectiva.
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Proeli/es-ct/l/2014/10/10/11#art-27