Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 72
En vigor desde 23 jun 2012
Las personas titulares de cuotas participativas podrán proponer a la Asamblea General candidatos o candidatas para ser miembros de la Comisión de Control de la entidad emisora y tendrán derecho a su designación con arreglo a las mismas reglas establecidas para las vocales y los vocales del Consejo de Administración.
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Proeli/es-pv/l/2012/06/14/11#art-72