Título TÍTULO III

Art. 17

En vigor desde 9 may 2007
A propuesta de la persona titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente, el Consejo de Gobierno aprobará el Plan de Gestión de la Reserva de la Biosfera de la Mancha Húmeda, en lo que se refiere a su triple finalidad de: a) Contribuir a la conservación de los paisajes y la diversidad biológica. b) Fomentar un desarrollo económico y humano sostenible desde los puntos de vista sociocultural y ecológico. c) Prestar apoyo a proyectos de demostración, de educación y capacitación sobre el medio ambiente y de investigación y observación permanente en relación con cuestiones locales, regionales, nacionales y mundiales de conservación y desarrollo sostenible.
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eli/es-cm/l/2007/03/29/11#art-17

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