Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 10

En vigor desde 8 ago 2007
La Xunta de Galicia promoverá acuerdos y convenios de autorregulación en todos los medios de comunicación social, acercando los criterios orientadores que sirvan como pauta de actuación sobre como tratar la violencia de género y la imagen de las mujeres. Estas normas de autorregulación tendrán carácter de códigos deontológicos o de contenido ético.
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eli/es-ga/l/2007/07/27/11#art-10

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