Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 30
En vigor desde 19 oct 2007
Tanto el patrimonio de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales como el de sus sociedades filiales tienen la condición de dominio público, como patrimonio afectado a un servicio público, y disfrutan de las correspondientes exenciones en el orden tributario. No tienen valor ni efecto jurídico los pactos mediante los que se pretenda cambiar el sujeto pasivo de los tributos.
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Proeli/es-ct/l/2007/10/11/11#art-30