Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 46
En vigor desde 11 nov 2018
El comerciante que practique cualquier tipo de venta tendrá la obligación de informar al consumidor sobre los medios de pago admisibles en la operación, a través de su publicidad general en la exposición visible desde el exterior del establecimiento.
Se modifica por el .3 de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre. Ref. BOE-A-2019-363#a2
Tus anotaciones
Proeli/es-mc/l/2006/12/22/11#art-46