Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 46
49 / 68En vigor desde 11 nov 2018
El comerciante que practique cualquier tipo de venta tendrá la obligación de informar al consumidor sobre los medios de pago admisibles en la operación, a través de su publicidad general en la exposición visible desde el exterior del establecimiento.
Se modifica por el .3 de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre. Ref. BOE-A-2019-363#a2
Tus anotaciones
Proeli/es-mc/l/2006/12/22/11#art-46