Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 39

En vigor desde 1 ene 2013
En los establecimientos comerciales deberán exponerse los días de apertura semanal y los horarios de apertura y cierre, de forma perfectamente visible, tanto en el interior como en el exterior del establecimiento, incluso cuando el local esté cerrado. Se modifica por el art. único.5 de la Ley 11/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-1874 .

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eli/es-mc/l/2006/12/22/11#art-39

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