Título TÍTULO III

Art. 32

En vigor desde 16 nov 2014
La resolución por la cual se otorgue o deniegue la licencia ambiental se notificará a los interesados, y se dará traslado de la misma al Servicio Territorial competente en materia de medio ambiente de la provincia en la que se ubique la instalación. Se modifica por el art. único.25 de la Ley 8/2014, de 14 de octubre. Ref. BOE-A-2014-11172 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cl/l/2003/04/08/11#art-32

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil