Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 31

En vigor desde 7 oct 2003
Son órganos directivos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: a) Los Directores Generales. b) Los Secretarios Generales Técnicos y los Secretarios Generales. c) Los Delegados Provinciales de la Junta de Comunidades.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/2003/09/25/11#art-31

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil