Título TÍTULO III

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 12 abr 2003
El régimen jurídico de las autorizaciones e inscripciones de centros y servicios de acción social se regirá por el Decreto 91/2002, de 30 de mayo, del Gobierno Valenciano sobre Registro de los Titulares de Actividades de Acción Social, y de Registro y Autorización de Funcionamiento de los Servicios y Centros de Atención Social, en la Comunidad Valenciana, y su normativa de desarrollo, o por las normas que las sustituyan.
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eli/es-vc/l/2003/04/10/11#disposicion-transitoria-primera

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