Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 70
En vigor desde 16 may 2018
La Generalidad Valenciana velará por el cumplimiento de las normas de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas y de la comunicación, facilitando la inclusión de las personas con discapacidad en los ámbitos social y cultural, en cuantos actos de carácter público de su competencia se celebren en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
Se modifica por el de la Ley 9/2018, de 24 de abril. Ref. BOE-A-2018-6403
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2003/04/10/11#art-70