Art. 10

En vigor desde 9 nov 2001
El régimen de contratación se someterá, con carácter general, a lo establecido en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo el órgano de contratación la Dirección General del Instituto de la Mujer.
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eli/es-ex/l/2001/10/10/11#art-10

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