Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO V

Art. 70

Derogado

quartum

En vigor desde 1 ene 2002
La tasa se exigirá de acuerdo con las tarifas siguientes: 1. Cotejar documentos. Por cada documento cotejado: 0,29 euros. 2. Expedición de títulos. La primera expedición de títulos será gratuita y para las posteriores y sucesivas expediciones de títulos emitidos: 1,50 euros, por cada expedición de cada título. Se modifica por el .2 de la Ley 20/2001, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2002-919#a1-3

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Pro

eli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-70-1

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