Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO X

Art. 48

En vigor desde 1 ene 2021
Los servicios y las actuaciones administrativas cuya prestación constituye el hecho imponible de la tasa quedaran gravados de la siguiente manera: Núm. Concepto Euros C1 Autorización referida a embarcaciones de recreo para alquilar, de hasta 10 metros de eslora 51,72 C2 Autorización referida a embarcaciones de recreo para alquilar, de más de 10 hasta 15 metros de eslora 103,52 C3 Autorización referida a embarcaciones de recreo para alquilar, de más de 15 hasta 20 metros de eslora 155,23 C4 Autorización referida a embarcaciones de recreo para alquilar, de más de 20 hasta a 25 metros de eslora 232,84 C5 Autorización referida a embarcaciones de recreo para alquilar de más de 25 metros de eslora 349,26 Se modifica por la disposición final 1.1 de la Ley 3/2020, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-1665

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eli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-48

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