Título TÍTULO XIII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 452
En vigor desde 1 ene 2014
Serán sujetos pasivos de la tasa las personas o entidades que soliciten los servicios que constituyen el hecho imponible.
Se añade por la disposición final 4.48 de la Ley 8/2013, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-656
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-452