Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 13
En vigor desde 1 ene 1997
1. La Agencia someterá su régimen presupuestario a lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid y la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
2. La Agencia queda sujeta al régimen de contabilidad pública regulado en la citada Ley reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
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Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/1996/12/19/11#art-13