Título TITULO VIIICapítulo CAPITULO II

Art. 80

En vigor desde 26 jun 1986
En el caso de que el titular de una patente fuera condenado por violar gravemente las normas de la Ley 110/1963, de 20 de julio, sobre represión de las prácticas restrictivas de la competencia, la sentencia condenatoria podrá someter la patente con carácter forzoso al régimen de licencias de pleno derecho. No procederá en este supuesto la reducción en el importe de las tasas anuales que debe abonar el titular de la patente.
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eli/es/l/1986/03/20/11#art-80

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