Título TITULO XIV
Art. 152
En vigor desde 26 jun 1986
1. La protección del modelo de utilidad atribuye a su titular los mismos derechos que la patente de invención.
2. La duración de la protección de los modelos de utilidad es de diez años improrrogables, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
3. No podrán otorgarse adiciones a los modelos de utilidad.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/1986/03/20/11#art-152