Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
En vigor desde 5 abr 2023
A efectos de lo dispuesto en el artículo anterior se determinará el cupo líquido del año base del quinquenio, que será actualizado para los ejercicios siguientes.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/2023/04/03/10#art-2