Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición transitoria tercera

En vigor desde 29 ene 2023
Las escuelas de formación en el tiempo libre educativo infantil y juvenil tienen un plazo de dos años desde la entrada en vigor de esta ley para dar cumplimiento al requisito de conocimientos de lengua catalana establecido para el personal docente en el artículo 14, apartado 3, letra d) de esta ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/2022/12/23/10#disposicion-transitoria-tercera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil