Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional quinta
En vigor desde 4 abr 2021
En el marco de las aportaciones del Estado al cumplimiento de la Agenda global de desarrollo humano sostenible, la Xunta de Galicia tenderá progresivamente a destinar el 0,7 por ciento de su presupuesto consolidado a políticas vinculadas a la cooperación para el desarrollo. Este compromiso queda supeditado a las disponibilidades reales de la Hacienda pública de la Comunidad Autónoma de Galicia, al cumplimiento de los compromisos existentes en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y a los escenarios presupuestarios plurianuales.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2021/03/09/10#disposicion-adicional-quinta