Libro LIBRO SEGUNDOTítulo TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección segunda. Tasa de atraque de buques (TA2)

Art. 159

En vigor desde 1 ene 2020
1. Tienen la condición de sujetos pasivos de la tasa de atraque, en concepto de contribuyente y, además, de forma solidaria, el propietario, el naviero y el capitán o patrón del buque. 2. Tiene la condición de sujeto pasivo de la tasa de atraque, en concepto de sustituto del contribuyente, el consignatario del buque, cuando está consignado.
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eli/es-ct/l/2019/12/23/10#art-159

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