Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 72
En vigor desde 2 may 2019
Las administraciones públicas de las Illes Balears, para valorar la oferta económica más ventajosa en relación con el alquiler o la adquisición de inmuebles, incluirán necesariamente la cuantificación económica del consumo energético previsto.
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Proeli/es-ib/l/2019/02/22/10#art-72