Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 14
En vigor desde 2 may 2019
1. El Plan de Transición Energética y Cambio Climático deberá concretar cuotas quinquenales de ahorro y eficiencia energética y tomará como base el consumo primario registrado en el ejercicio 2005 para alcanzar los siguientes objetivos de reducción en el consumo primario:
a) El 26% para el año 2030.
b) El 40% para el año 2050.
2. Asimismo, el Plan establecerá los criterios mínimos de eficiencia energética que tienen que cumplir las infraestructuras e instalaciones públicas.
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Proeli/es-ib/l/2019/02/22/10#art-14