Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 20

En vigor desde 24 may 2018
La financiación del Consell de l’Audiovisual de la Comunitat Valenciana se hará con cargo a los siguientes recursos: a) Las asignaciones presupuestarias establecidas en el presupuesto de la Generalitat. b) Las subvenciones que le sean concedidas. c) Los rendimientos de las publicaciones, estudios y demás actuaciones del Consell de l’Audiovisual de la Comunitat Valenciana. d) Las contraprestaciones derivadas de los convenios firmados por el Consell de l’Audiovisual de la Comunitat Valenciana. e) Los rendimientos de los bienes o valores de su patrimonio. f) Cualesquiera otros que pudiera recibir con base en la normativa que le sea de aplicación.
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eli/es-vc/l/2018/05/18/10#art-20

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