Art. 12

En vigor desde 17 jun 2016
La Comisión técnica deberá elaborar anualmente una memoria de actividades que depositará en el Parlamento de las Illes Balears, así como en la Presidencia de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
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eli/es-ib/l/2016/06/13/10#art-12

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