Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 82
En vigor desde 1 ene 2015
Las personas físicas o jurídicas titulares de servicios, establecimientos, instalaciones e industrias cuya actividad pueda incidir en la salud de las personas son responsables de la higiene y de la seguridad sanitaria en estos lugares, debiendo establecer procedimientos de autocontrol eficaces.
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Proeli/es-vc/l/2014/12/29/10#art-82