Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 51

En vigor desde 28 jun 2014
Corresponderá al Banco de España supervisar los sistemas, estrategias, procedimientos o mecanismos de cualquier tipo, aplicados por las entidades de crédito para dar cumplimiento a la normativa de ordenación y disciplina.
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eli/es/l/2014/06/26/10#art-51

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