Título TÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 10 oct 2014
Los principios que inspiran esta ley son los siguientes: a) La planificación minera en el marco de la ordenación de la economía y del territorio y con respeto al principio de abastecimiento de mineral propio, prioritario de cada isla. b) La gestión sostenible de los recursos mineros, con garantías de protección del medio ambiente y del paisaje. c) La mejora de las condiciones de seguridad y salud laborales. d) La colaboración, la coordinación y la cooperación de las administraciones públicas, así como la agilización y la racionalización de las oportunas tramitaciones. e) La participación en la política minera de los sectores sociales y económicos implicados y afectados.
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eli/es-ib/l/2014/10/01/10#art-3

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