Título TÍTULO I
Art. 3
3 / 86En vigor desde 10 oct 2014
Los principios que inspiran esta ley son los siguientes:
a) La planificación minera en el marco de la ordenación de la economía y del territorio y con respeto al principio de abastecimiento de mineral propio, prioritario de cada isla.
b) La gestión sostenible de los recursos mineros, con garantías de protección del medio ambiente y del paisaje.
c) La mejora de las condiciones de seguridad y salud laborales.
d) La colaboración, la coordinación y la cooperación de las administraciones públicas, así como la agilización y la racionalización de las oportunas tramitaciones.
e) La participación en la política minera de los sectores sociales y económicos implicados y afectados.
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Proeli/es-ib/l/2014/10/01/10#art-3