Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 3.ª Régimen presupuestario, de contabilidad y control
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 20 nov 2010
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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Proeli/es-ex/l/2010/11/16/10#disposicion-final-tercera