Art. Disposición final tercera
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 3.ª Régimen presupuestario, de contabilidad y control

Art. Disposición final tercera

101 / 101
En vigor desde 20 nov 2010
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ex/l/2010/11/16/10#disposicion-final-tercera