Título TÍTULO III

Art. 42

En vigor desde 20 nov 2010
1. La Junta de Extremadura fomentará la participación en proyectos extremeños del personal de investigación de fuera de la Comunidad Autónoma a través de la creación de redes de cooperación nacional e internacional. 2. Igualmente, promoverá y desarrollará programas que incentiven la reincorporación al SECTI del personal de investigación formado en Extremadura. 3. La Junta de Extremadura propiciará la incorporación de personal de investigación de prestigio al SECTI, especialmente en proyectos relevantes para los sectores estratégicos o emergentes en Extremadura.
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eli/es-ex/l/2010/11/16/10#art-42

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