Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 30

En vigor desde 20 nov 2010
Las empresas públicas y las sociedades mercantiles autonómicas gestoras de I+D+i, pueden tener como objeto social apoyar a la Junta de Extremadura en el cumplimiento de las políticas que ésta genere con el fin de impulsar la investigación, el desarrollo científico tecnológico y la innovación mediante la ejecución de aquellas actuaciones encomendadas por la Junta de Extremadura en el ámbito de la I+D+i, por lo que serán considerados agentes del SECTI.
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eli/es-ex/l/2010/11/16/10#art-30

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