Título TÍTULO IV

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 14 dic 2002
La Generalitat programará campañas divulgadoras sobre el contenido de la presente Ley al objeto de fomentar el conocimiento y promover la defensa de los palomos deportivos.
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eli/es-vc/l/2002/12/12/10#disposicion-adicional-primera

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