Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 11
En vigor desde 26 jul 2001
A los efectos de lo previsto en el artículo 43.1.b. de la Ley de Aguas, las únicas alternativas que han previsto los Planes Hidrológicos de cuenca, y cuya solución se afronta en esta Ley, son las relativas a las transferencias de recursos que se regulan en los artículos siguientes.
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Proeli/es/l/2001/07/05/10#art-11