Título TITULO VI
Art. 51
En vigor desde 6 nov 1990
El Consejo Superior de Deportes ejerce la tutela y el control del deporte de alto nivel, acordando con las Federaciones deportivas españolas y, en su caso, con las Comunidades Autónomas, los programas y planes de preparación que serán ejecutados por aquéllas.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/1990/10/15/10#art-51