Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 7 ene 1986
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el «Boletín Oficial de Cantabria». Palacio de la Diputación, Santander, 16 de diciembre de 1985.

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BOCT-c-1986-90001#disposicion-final-cuarta

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