Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final primera
En vigor desde 20 feb 2024
La Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León, se modifica en los siguientes términos:
Uno. Del artículo 11.2 se modifica el contenido de la letra o), y se introduce una nueva letra p) con el contenido de la actual letra o). De este modo, la letra o) pasa a tener la siguiente redacción:
«o) Al apoyo a la activación de su proyecto de vida, identificando los propósitos y metas, actividades y situaciones que den sentido a su vida.»
Dos. Del artículo 19.2 se modifica el contenido de las letras l) y o), las cuales pasan a tener la siguiente redacción:
«l) La asistencia personal.» «o) El apoyo a la capacidad jurídica de las personas con discapacidad que lo requieran conforme a lo establecido en la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.»
Tres. En el artículo 19.2 se introduce una nueva letra q) con el siguiente contenido:
«q) El apoyo para la activación del proyecto de vida dirigido a aquellas personas que, por dificultades de carácter funcional, psicosocial o de vulnerabilidad social, precisen de acompañamiento técnico para su elaboración, especialmente personas con discapacidad.»
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Proeli/es-cl/l/2024/02/08/1#disposicion-final-primera