Art. Disposición final primera
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 20 feb 2024
La Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León, se modifica en los siguientes términos: Uno. Del artículo 11.2 se modifica el contenido de la letra o), y se introduce una nueva letra p) con el contenido de la actual letra o). De este modo, la letra o) pasa a tener la siguiente redacción: «o) Al apoyo a la activación de su proyecto de vida, identificando los propósitos y metas, actividades y situaciones que den sentido a su vida.» Dos. Del artículo 19.2 se modifica el contenido de las letras l) y o), las cuales pasan a tener la siguiente redacción: «l) La asistencia personal.» «o) El apoyo a la capacidad jurídica de las personas con discapacidad que lo requieran conforme a lo establecido en la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.» Tres. En el artículo 19.2 se introduce una nueva letra q) con el siguiente contenido: «q) El apoyo para la activación del proyecto de vida dirigido a aquellas personas que, por dificultades de carácter funcional, psicosocial o de vulnerabilidad social, precisen de acompañamiento técnico para su elaboración, especialmente personas con discapacidad.»
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