Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 21

En vigor desde 20 feb 2024
La Comisión de Secretarios Generales actuará como órgano colegiado de coordinación interdepartamental de las materias reguladas en el ámbito de esta ley, a propuesta de la consejería competente en la materia y sin perjuicio de las funciones atribuidas al Consejo de Servicios Sociales de Castilla y León en este ámbito.
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eli/es-cl/l/2024/02/08/1#art-21

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